ART – Regimen Especial (Domesticas)

Las personas que trabajan en su casa tienen los mismos derechos que cualquier otro trabajador y ahora, con la nueva legislación, tienen la oportunidad de contar también con una Cobertura de Riesgos del Trabajo.


A partir del momento en que contrata el seguro, si uno de sus empleados sufre un accidente mientras trabaja en su casa o durante el trayecto desde y hasta su domicilio particular, las prestaciones que obliga a otorgarle la ley de riesgos del trabajo están a cargo de la Aseguradora, a través de la cual recibirá asistencia médico-farmacéutica adecuada y respuesta económica inmediata en caso de que se vean afectadas sus capacidades laborales.

Prestaciones en Especie

  • Asistencia médica y farmacéutica
  • Prótesis y ortopedia
  • Rehabilitación y recalificación laboral
  • Traslado del accidentado
  • Gastos de sepelio

Prestaciones Dinerarias

  • Incapacidad laboral temporal (sueldo días de baja)
  • Indemnización por incapacidad laboral permanente
  • Indemnización por muerte accidental

Características de la Cobertura:

Esta cobertura es obligatoria en todos los casos, independientemente de la cantidad de horas de trabajo del personal y siempre que quien contrata esté registrado como empleador de casas particulares y declare a su/s empleado/s. Esta obligación surge de la Ley 26.844 aprobada en el año 2013, pero reglamentada -en lo que refiere específicamente a este seguro- durante los primeros días del mes de septiembre de 2014.

La normativa establece un costo fijo mensual para la cuota, definido en función de la cantidad de horas semanales trabajadas por el empleado. De esta manera, se establecen tres categorías:

  • Menos de 12 horas semanales: $130 mensuales.
  • Entre 12 y 16 horas semanales: $165 mensuales.
  • Más de 16 horas semanales: $230 mensuales.

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